Este martes, 11 de enero, hemos retomado nuestro espacio de consumo en La Tarde de la mano de FACUA-Cádiz y su secretario general, Jesús Yesa, quien ha explicado que profesionales como dentistas, abogados o arquitectos están obligados a disponer del libro de reclamaciones al igual que el resto de establecimientos de Andalucía. Así las cosas, la forma más sencilla para reclamar es acudir a su local, manifestar el descontento y, si consideramos que hemos sido víctimas de un mal servicio, podemos solicitar la devolución del importe de esos servicios. Además, tenemos la opción de presentar una queja en el colegio al que esté adscrito.

En relación a la telefonía fija o móvil, hemos conocido que la portabilidad implica la baja con nuestro antiguo operador. Es posible que otros servicios que no son de voz (televisión, fibra, etc.), tengamos que darlos de baja pero si de lo que disponemos es de un paquete de servicios, al recibir la solicitud de portabilidad, la compañía debe entender (porque así está establecido) que tampoco queremos mantener el resto de servicios contratados. En este caso, es la empresa la que debe ponerse en contacto con el usuario para preguntar. Jesús Yesa ha recomendado que toda la información de los servicios contratados quede por escrito de cara a una posible denuncia posterior.

A raíz de la consulta de un oyente, el secretario general de FACUA-Cádiz ha matizado que es posible que, aunque no residamos en una vivienda, la empresa de suministro de agua nos envíe facturas con conceptos como la cuota de abono, que se paga para poder disponer del servicio. Los cánones, impuestos y tasas municipales tampoco tienen relación directa con el consumo de agua por lo que también tendremos que pagar aunque no gastemos una sola gota de agua. La solución a todo ello es suspender el suministro y darlo de baja. Además, para salir de dudas acerca de lo que estamos pagando, debemos comprobar los conceptos y, en el caso en que aparezca el consumo, reclamar.

Por último, Jesús Yesa ha recordado que el plazo máximo para recibir un producto adquirido por web es de 30 días salvo que se haya acordado otro plazo por ambas partes. En este supuesto, la comunicación debe ser previa a la compra. En caso en que no se cumplan estos plazos, el usuario puede presentar una reclamación exigiendo la devolución del importe o la entrega inmediata del producto. Si no proceden, la ley fija que el comercio debe reembolsar el doble de lo pagado por el producto.