Desde FACUA-Cádiz, dentro del espacio dedicado a resolver cuestiones relacionadas con el consumo, de nuevo las entidades bancarias han vuelto a tener protagonismo. En este caso a la hora de obligar a un usuario a contratar un seguro de desempleo o de vida para conceder una hipoteca. El secretario general de la organización ha señalado que es completamente legal que nos planteen la obligatoriedad de contratar un seguro de desempleo o de vida por lo que tendremos que firmar uno de los dos, siempre el que más nos convenga. En este aspecto, cabe resaltar que el de vida es más caro o suele serlo.
En otro orden de cosas, Jesús Yesa ha resuelto una duda en torno a las condiciones de un seguro, cuyas condiciones finales ya firmadas no eran las prometidas. Para ello sostiene que hay que comprobar si estas condiciones se establecieron por escrito, como por ejemplo el correo electrónico. En este caso tiene carácter obligatoria. En caso de que fuese verbal y no hubiera manera de demostrarlo, el consumidor no podrá cancelarlo.
Lo mismo ocurre con las reclamaciones presentadas por teléfono, ya que la administración no suele darle validez ni siquiera a las grabaciones, por ello desde FACUA-Cádiz recomiendan siempre hacerlas por escrito, a poder ser por correo certificado y con acuse de recibo.
Por último, y ante la duda de un oyente, Jesús Yesa ha mostrado su preferencia por adquirir productos dentro de los países de la Unión Europea. En caso contrario, quedaremos “con el culo al aire” y desamparados sin normativa vigente. Por tanto -añade-, por muy buena que sea la oferta o muchas las garantías que nos den, luego no vamos a tener lugar al que recurrir, ni siquiera a la Embajada.