Las relaciones establecidas entre el flamenco y la literatura son más que evidentes, la vinculación es tan estrecha que son muchos los escritores que han escrito para el flamenco, también en sentido contrario, flamencos que han publicado textos propios.
Este es el caso de Manuel Gerena, cantaor de la Puebla de Cazalla, icono de la España de la Transición y protagonista de lo que se vino a llamar “Flamenco-Protesta”, quien ha publicado cinco poemarios.
“Cantando a la Libertad” de Manuel Gerena es uno de los cuatro libros rescatados por la biblioteca de donaciones de los que nos ha hablado hoy en Biblioteca Sur, David Sierra. Como en anteriores programas las propuestas literarias llegan asociadas a cuatro canciones,consideradas de importante valor literario, hoy todos temas flamencos. “El oficio de vivir” del escritor italiano Cesare Pavese, “Veinticuatro horas en la vida de una mujer sensible” de Constance de Salm, y el comic “Las aventuras de Tintín en el país de los Soviet” del belga Georges Remi (Hergé), son el resto de propuestas literarias. La música de Manuel Gerena, José Meneses, Maite Martín y El Pele, completan el programa de hoy.
Hasta el viernes 4 de agosto la oficina de Prouvisa situada en el Ayuntamiento de Ubrique tramitará las ayudas al alquiler de viviendas y la rehabilitación de edificios, que vuelve a convocarse a través de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.
De la orden hemos conversado hoy en La Mañana de Radio Ubrique, con la técnico en Prouvisa la abogada María José Aguilar, quien nos ha informado de los incentivos y los requisitos que se recogen en la actual convocatoria.
A falta de pocos días para que se cierre plazo, en Ubrique se han presentado 20 solicitudes para las ayudas de alquiler, frente al único expediente tramitado en el caso de la rehabilitación de edificios. Mayor ha sido el volumen de expedientes tramitados en el caso de las ayudas para la Adecuación Funcional Básica de Vivienda, cuyo plazo expiraba el pasado 26 de julio, con un total de 30 solicitudes en curso.
Las ayudas de alquiler, que podrían beneficiar en torno a 12.500 familias andaluzas, están dotadas con 15 millones de euros para subvencionar el 40% de la renta de arrendamiento de la vivienda para contratos no superiores a los 500 euros mensuales. No obstante, la ayuda podrá alcanzar hasta el 80% para aquellas personas que acrediten estar en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social. Los solicitantes tendrán que ser los titulares del contrato y no superar unos ingresos calculados en función de los miembros de la unidad familiar, fruto de la suma de los ingresos de todos, referidos al ejercicio 2015. Se tendrán en cuenta a todos los que compongan la unidad de convivencia del solicitante, entendiendo como tal el conjunto de personas que estén empadronadas en la vivienda, para la que se pide la ayuda en el momento de presentación de la solicitud y no se podrá disponer de la titularidad ni un derecho de uso sobre alguna otra vivienda.
Los interesados en optar a estos incentivos, concurrirán en régimen de competencia competitiva, siendo seleccionados según la mayor valoración obtenida en función de los criterios fijados previamente.
En lo que respecta a la rehabilitación de edificios, la orden publicada cuenta con una dotación de 14,5 millones de euros, unos recursos con los que se pretende prestar apoyo para ejecutar obras de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, así como la accesibilidad de las zonas comunes. Se establecen como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50% del coste.
Como actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios se incluyen las obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios comunes de las edificaciones. En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares.
Los edificios objeto de las actuaciones, deberán contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por un técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la ayuda. Además, su construcción debe haberse finalizado antes de 1981 y al menos un 70% de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes. Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios contará con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de la ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado final de obra. El periodo máximo para ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque dicho plazo podrá ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten a 40 o más viviendas.
María José Aguilar, técnico en Prouvisa
Este sitio usa cookies para mejorar la experiencia de navegación y uso de la web. AceptarMás información
Privacy & Cookies Policy
Privacy Overview
This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.