
En relación a los cursos de formación contratados por internet, el secretario general de FACUA-Cádiz, ha puntualizado que siguen la misma normativa que el resto de productos. Esto es, se tiene el derecho de cancelar el contrato en el plazo de 14 días, lo que también implica la posibilidad de reclamar el importe pagado. Una vez superado ese tiempo, estaremos obligados a cumplirlos ya que la empresa no estará obligada a admitir la cancelación del contrato. Hay que tener en cuenta que estas empresas tienen que contar con un personal y unas infraestructuras dispuestos para la demanda contratada.
Los contratos de arrendamiento también han sido objeto de estas consultas, al respecto de los cuales, Jesús Yesa ha matizado que hay que diferenciar entre aquellos dirigidos a una vivienda permanente (duración mínima de siete años), o de temporada. En cuanto al importe de la señal, habría que comprobar individualmente cada caso, para conocer qué está acordado en el caso de que el inquilino decline el alquiler. Si no especifica nada, al tratarse de una reserva, no podrá reclamarlo. En el supuesto que sea el arrendador el que cancela, deberá devolver el importe, más una indemnización por prejuicios si el arrendatario así lo reclama.
Por último, desde FACUA han recordado que todos los cambios contractuales en lo que a la potencia de electricidad se refiere, eran gratuitas hasta el 31 de mayo. En total se podían realizar dos bajadas/subida de potencia por cada usuario.
