Este jueves, 9 de marzo, retomábamos en La Tarde nuestro espacio relativo al consumo. En él, el secretario general de FACUA-Cádiz, Jesús Yesa, ha recomendado a los usuarios presentar las reclamaciones por cancelación de vuelo en el propio aeropuerto, en la ventanilla de la compañía. Existen algunas, como Ryanair, que no disponen de dirección de correo electrónico para tal efecto por lo que habría que recurrir al correo postal. Si no contesta en el plazo de 30 días o su respuesta es negativa a lo que pedimos, tendremos que recurrir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, dependiente del Ministerio de Transporte. El importe a reclamar por la cancelación de nuestro vuelo va entre los 250 y los 450 euros por pasajero, además de los daños y perjuicios de servicios adquiridos que no podremos disfrutar como una noche de hotel, algún billete de tren o la entrada a algún concierto. La compañía también será responsable de los gastos derivados de esa cancelación como la pernoctación, alguna comida o algún taxi que debamos tomar fruto de no haber salido nuestro vuelo. Al hilo de esta cuestión, Jesús Yesa ha explicado que no es legal que Ryanair siga cobrando por el equipaje de mano, algo que le permite la pasividad de las administraciones públicas competentes que, cuando la sancionan, la cuantía es irrisoria.

En materia de seguros, desde FACUA explican que, para poder comprobar la cobertura, hay que comprobar en el contrato las condiciones generales y, sobre todo, las cláusulas particulares. Puede ocurrir que en determinados casos se incluya la sustitución o reparación de accesorios, pero que se excluyan algunos determinados. Jesús Yesa recomienda revisar el texto por si existiera alguna exclusión. Si no aparece de manera explícita, el cliente estará en su derecho de presentar una reclamación y exigir que le presten ese servicio. Por último, subraya que las cláusulas que en el contrato delimitan los servicios o coberturas deben quedar muy claras.

A raíz de una consulta, Jesús Yesa ha recordado que, a la hora de presentar una reclamación, debemos disponer de la documentación necesaria para acreditar nuestra versión. En el caso contrario, no podremos demostrar, por ejemplo, los servicios prestados por una determinada empresa. Si pagamos un servicio sin factura y en metálico, por un lado, el negocio está cometiendo una infracción, y por otra, el consumidor tendrá que hacerse cargo de cualquier imprudencia o error que puedan cometer y se deriven de ese servicio.