Dentro de nuestro espacio de consumo, el secretario general de FACUA-Cádiz, Jesús Yesa, ha señalado que legalmente no podemos exigir a los seguros que nos devuelva la parte proporcional de la prima por el período no consumido. Se da la posibilidad en muchas ocasiones, por parte de la compañía, de trasladar ese dinero a otra póliza si damos de baja nuestro vehículo. En algunos casos es satisfactorio ya que supone un ahorro considerable cuando estamos contentos con nuestra aseguradora. Sin embargo, también puede ocurrir que tengamos una mejor oferta y, en ese caso, no podemos pedir ni que nos devuelvan el importe ni fraccionarlo ni ninguna otra opción.

Por otro lado, hemos conocido que la modificación del importe que pagamos por el seguro, si no es acorde a lo que ya pagábamos, la compañía debe comunicarlo con dos meses de antelación. Esta notificación debe hacerse fehacientemente, mediante correo certificado con acuse de recibo o similar. A partir de entonces, el consumidor puede decidir si renueva el contrato o prefiere negociar con otra aseguradora y la decisión debemos anunciarla con al menos un mes de antelación con respecto a la fecha de vencimiento. Se suele incluir en la propia póliza un porcentaje por el cual se actualizará automáticamente tras la renovación. Esta cuantía no es necesario que se informe.

En relación a una consulta relacionada con los alquileres de vivienda, Jesús Yesa ha manifestado que el requisito para poder proceder al arrendamiento, el requisito fundamental es la habitabilidad de la misma. Una casa con humedades o presencia de ratas, aunque sea problema del Ayuntamiento y no del propietario, no se puede alquilar porque no es habitable. Si esto ocurre una vez firmado el contrato, el inquilino puede resolverlo de manera unilateral solicitando además la devolución de la fianza. Cierto es -ha añadido-, que en la práctica esto supone un “problema terrible” ya que en la mayoría de municipios hay escasez de oferta y los precios son caros, además de lo que supone una mudanza. Además, cualquier asunto que no se resuelva por la vía amistosa, debe hacerse por la vía judicial.

Por último, hemos recordado que los establecimientos pueden cobrar por la elaboración de un presupuesto, siempre y cuando el consumidor opte por no aceptarlo. Desde FACUA recomiendan la solicitud de este presupuesto, cuyo precio puede es a elección de la empresa si bien debe estar de manera visible en el establecimiento.