La devolución de un producto textil, sea cual sea el motivo, es algo que prácticamente todos hemos realizado en alguna ocasión, bien porque no nos queda bien, no nos gusta, etc. La mayoría de los establecimientos dan un plazo dentro del cual tenemos la posibilidad de pedir el reembolso del dinero que nos costó la prenda, una circunstancia que damos por hecha. Sin embargo, no es algo a lo que los comercios estén obligados, salvo que dispongan de algún cartel en el que lo especifiquen. De hecho, no están obligados ni siquiera a proveernos de un vale. Eso sí, en caso de que su política comercial esté visible, tendrá que estar al completo y no omitir parte del compromiso que adquieren con nosotros. Jesús Yesa, secretario general de FACUA-Cádiz, ha explicado en relación a los vales, que no pueden tener limitación temporal, sino que, si llega la fecha y al consumidor no le apetece canjearlo por nada, tendrá que renovarse el vale por otro período de tiempo.
En relación a los productos adquiridos por internet, cabe recordar que estas compras disponen de un plazo de 14 días a cambio del reembolso del precio. No obstante, existen ciertos casos muy concretos en los que no se otorga esta posibilidad, ya sea por ejemplo por motivos de salud o de higiene. La ley establece que en casos como los de la ropa interior no se aplica el llamado ejercicio de desistimiento. Eso sí, siempre bajo advertencia previa.
En nuestro espacio dedicado al consumo hemos repasado la información que las entidades bancarias están obligadas a dar ante cualquier préstamo, sea del tipo que sea. Existe una denominada ‘ficha normalizada’ que contiene la información mínima que establece la ley. Se trata de los detalles más importantes y tienen que estar en un lenguaje entendible (cantidad de dinero que se va a pedir, la cantidad que se va a terminar pagando, intereses, comisiones, tasa anual equivalente, …). Desde FACUA-Cádiz recomiendan pedir esa ficha normalizada y, al mismo tiempo, revisarla y contrastarla con el contrato que se firma por si existe alguna diferencia entre este y la ficha.
Sobre las reservas de alojamientos, Jesús Yesa ha matizado que se trata de un compromiso que se adquiere por ambas partes. Si una de estas lo cancela, la otra podrá reclamarle una indemnización salvo que se trate de una causa extraordinaria. También ha comentado que es totalmente legal que nos pidan el pago por adelantado de parte o del total de la reserva a través de la web. Ha añadido que es preferible formalizar la reserva y, por tanto, el contrato, para posibles futuras reclamaciones.