Dentro de nuestro espacio dedicado al consumo en el que se dan respuesta a las consultas de los oyentes hemos conocido que la garantía de los coches de segunda mano tienen que ser similares y amparar lo mismo que la de un coche nuevo. De hecho, y salvo que se especifique, tiene una duración como norma general de dos años si bien el vendedor puede limitarla hasta un mínimo de uno. En ningún caso podrá excluir piezas o parte del vehículo y, como pasa con los coches nuevos, las piezas que están sometidas a un desgaste son las únicas que no se contemplan. Además, en la normativa que regula esta garantía y la de los talleres, se establece que las reparaciones en garantía deben ser gratuitas y hacerse con la mayor celeridad posible.
Al hilo de otra cuestión, el secretario general de FACUA-Cádiz, Jesús Yesa, ha explicado que, cuando una persona fallece, los convivientes tienen derecho a subrogar contratos como el de suministro eléctrico. Éste puede ser un hijo/a, cónyuge, pareja de hecho, etc.
Dentro del apartado de compra-venta de viviendas, Jesús Yesa ha señalado que las comisiones de las inmobiliarias deben corresponder a servicios prestados y que se pueden cobrar al comprador o al vendedor. Está prohibido que se haga una duplicidad de las mismas y se tiene el derecho de conocer qué servicios va a cubrir ese porcentaje. Además, las inmobiliarias no tienen limitado la cuantía de la comisión.
Por último, y a petición de un oyente, el secretario general de FACUA-Cádiz ha señalado que los tickets regalo de los establecimientos no pueden ser canjeados por el dinero en efectivo al que corresponda el importe del mismo salvo que se contemple expresamente esa posibilidad. Asimismo, sostiene que estos tickets no pueden tener fecha de caducidad.