Septiembre es un mes en el que se inician ciclos. También en los arrendamientos de vivienda, fundamentalmente para los estudiantes que afrontan un nuevo curso académico. El alquiler del piso es uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta y son muchas las cuestiones que surgen de ese proceso, como las condiciones del contrato de arrendamiento donde una de las cláusulas corresponde a la fianza. Desde FACUA-Cádiz, su secretario general, Jesús Yesa, ha explicado que el importe máximo para una fianza debe ser equivalente a la cuantía de una mensualidad de alquiler. Además, el propietario está obligado a depositarla en la Agencia Andaluza de la Vivienda de la Junta de Andalucía.
Jesús Yesa también ha señalado que la normativa de butano no establece un número mínimo ni máximo de bombonas que pueda tener un usuario y que solo se hace referencia a las cuestiones de seguridad en las que se deben encontrar las bombonas.
Preguntado por un oyente que no pudo disfrutar de una estancia ya pagada en un camping por un motivo de fuerza mayor, desde FACUA señalan que no es posible reclamar la devolución del importe de la reserva salvo que el camping así lo contemple.
Por último, Jesús Yesa ha hecho referencia a la importancia de hacer un testamento para cuestiones como la cancelación de la cuenta corriente de un fallecido. Para ello deben comunica el deceso así como la intención de cancelar la cuenta y recuperar el importe. En caso de que no hubiera testamento, la gestión se complica y, entre otras cosas, el heredero tendrá que entregar una declaración abintestato. La entidad bancaria puede cobrar las comisiones que así se estipulen en el contrato, no más, así como una cuantía en concepto de cancelación de la cuenta. El saldo restante se entregará a sus herederos. Si en la cuenta no hubiera saldo suficiente para pagar todas las comisiones y servicios, el banco puede disponer de ese dinero de la cuenta de su cónyuge pero es algo que debe estar por escrito en las cláusulas del contrato.