En nuestro repaso semanal a las cuestiones de consumo que más preocupan a los consumidores, con FACUA-Cádiz hemos abordado un asunto desconocido para muchos y es el plazo de devolución de productos, incluido ropa, una vez la compramos. En este sentido, desde el colectivo apuntan que la ley solo obliga a la empresa a devolver el producto o el importe si hay desperfectos. Si es por otro tipo de cuestiones, no hay esa obligación salvo que la compra la hayamos hecho a través de Internet. En este caso, tendremos el plazo de 14 días. No obstante, la mayoría de empresas sí que suelen dar un plazo mayor y también aceptan devoluciones sin que la ropa tenga desperfectos.

En materia de viaje, Jesús Yesa ha señalado que el hecho de que una agencia obligue a un consumidor a contratar un seguro por motivos derivados del COVID es un abuso y una ilegalidad. De hecho, el seguro de viaje no es obligatorio ni por COVID ni por ninguna otra cuestión.

Por otro lado, el secretario general de FACUA-Cádiz ha explicado que la ley deja muy clara que al consumidor no se le puede cobrar por servicios no prestados ni, por tanto, períodos completos si no se han disfrutado. En caso de que ocurra se debe presentar una reclamación por escrito, bien por correo electrónico o correo postal, este último recomendado enviado al domicilio fiscal de la empresa de manera certificada y con acuse de recibo.

Por último, en cuanto a las llamadas de las empresas de telecomunicaciones para ofrecernos sus servicios ha asegurado que no nos pueden llamar en horario de 21:00 a 9:00 horas ni en fin de semana ni festivos. Por tanto, en la denominada como ‘hora de la siesta’ sí que pueden. La única manera de evitar estas llamadas y otros contactos publicitarios, aunque no es seguro al 100%, es inscribirse en la Lista Robinson.