derechos-consumidorHoy en el espacio de Consumo que cada quince días se da cita en la mañana de los viernes, con la Oficina Municipal de Información al Consumidor, nos ha aleccionado sobre el modo de hacer valer la garantía de los productos que adquirimos.

La normativa actual contempla una serie de prestaciones que en muchos casos se ven ampliada por la que se considera como “garantía comercial”. De ambas hemos hablado hoy con la técnico de la OMIC, Juana Rodríguez, en La Mañana de Radio Ubrique. 

El consumidor, tiene derecho a la garantía legal mínima, de dos años para los productos de primera mano, y de un año para los de segunda mano, desde la entrega del productoCuando un producto no funciona correctamente o no cumple su finalidad, el consumidor tiene derecho a exigir la reparación o sustitución del producto defectuoso. Además, es importante saber que  al ejercitar el derecho de reparación o de sustitución, el consumidor tiene derecho a que se le haga entrega un justificante. En dicho documento, debe constar la fecha de entrega del producto y la falta de conformidad existente.

Programa Consumo 15 de abril 2016